En el ordenamiento jur dico paname o destacan obras de referencia como el C digo de Comercio el cual es un compendio de las normativas seguidas por las empresas que sirve para regular sus actividades comerciales en el seguimiento correcto de sus operaciones y relaciones mercantiles, por tanto se define como la actividad de una entidad mercantil en Panam y de sus relaciones con los pa ses del resto del mundo y su entrada de mercader as a trav s de los puertos mar timos, terrestres y a reos. Estas disposiciones legales son aplicables a extranjeros y nacionales residentes o establecidos en la Rep blica de Panam . Desde la aprobaci n de la Ley de Sociedad An nima de Panam (ley 32 de 1927). Hace m s de siete d cadas numerosas organizaciones empresariales en diferentes partes del mundo han venido utilizando con xito y seguridad las sociedades an nimas de Panam . El objeto social es amplio, se permite dedicarse a cualquier negocio l cito.
En el Libro II del C digo de Comercio, leemos que regula la hipoteca naval paname a con una clara protecci n de los intereses de los acreedores hipotecarios, por lo que cuenta con la confianza de instituciones financieras internacionales, factor que hace posible la construcci n y compra de naves en el mercado mar timo internacional; leyes especiales que permiten el doble registro de naves bajo fletamento, para facilitar su comercio en distintos puertos del mundo, y normas que ofrecen otros beneficios que, en suma, han consagrado a Panam como el mayor registro abierto del mundo.
Una jurisdicci n mar tima especial, con clara vocaci n internacionalista, creada por la ley 8 de 1982 y reformada por la ley 11 de 1986, donde propios y ajenos pueden hacer valer derechos consagrados indistintamente por el Derecho nacional o Derecho extranjero en materia de actos comerciales mar timos, complementa esta regulaci n jur dica.